Por petición de los miembros, he
extraído (literalmente) las líneas generales del avance que se
presentó el pasado viernes. Como podréis ver, se trata de
generalidades que todo el mundo suscribiría. Esperamos vigilantes el
borrador de la Ley.
- Elaboración de una Ley que se cumpla.
o Deberá ser una ley con recursos:
que este dotada de presupuestos y con dotación de recursos humanos,
económicos, espacios.
o Con capacidad sancionadora sobre los
elementos que no se cumplan y que prime su cumplimiento.
o Que parta del conocimiento y
evaluación participada de 10 existente; que vertebre la normativa en
relación con la participación ciudadana aplicable hoy; que parta
del conocimiento sobre como mejorar las estructuras de participación
actuales.
o Una Ley clara. sencilla y concreta.
Adaptada a todos los lenguajes.
2. Participación Ciudadana
Vinculante.
Para paliar el distanciamiento entre la
Administraci6n y la Ciudadanía se reclama una ley que recupere
abiertamente la soberanía popular, una ley que traiga algo nuevo,
que suponga un avance en democracia real, que supere lo existente,que
consagre derechos nuevos para una ciudadanía "con voz y voto",
que tome decisiones. Es un reto inexcusable que la ciudadanía esta
planteando en este proceso para que se de cobertura y encaje legal a
una Participaci6n Ciudadana
3. Participación Universal. En un
doble sentido
o Accesible para todos/as. Todas las
personas han de tener la posibilidad de participar.
Se esta planteando una participaci6n
ciudadana inclusiva, no excluyente, donde han de tener cabida
todos/as las personas: niños/as, jóvenes, migrantes, mayo res,
personas con diversidades funcionales, etc. Sensible también a la
diversidad territorial de entormos rurales y urbanos. El acceso a la
participaci6n debe garantizarse con recursos, pero también con otros
medios, como la claridad (informaci6n sencilla), respeto de los
tiempos de la ciudadanía, etc.
o Que favorezca una sociedad mas justa
e igualitaria. La participaci6n ciudadana es una reclamaci6n también
para que la actuaci6n de las Administraciones Publicas responda de la
forma mas adecuada po sible a las necesidades sociales. Esto implica
potenciar especialmente a las minorías y sectores sociales
desfavorecidos, zonas poco pobladas, etc.
4. Transparencia y Control.
La Ley planteara el establecimiento de
f6rmulas de informaci6n, participaci6n y control en el ejercicio de
la actuaci6n publica, sistemas de seguimiento, rendici6n de cuentas,
y evaluaci6n de las políticas publicas, al objeto de que el mandato
representativo de los cargos públicos respondan a las necesidades y
demandas de la ciudadanía.
5. Participación a todos los
Niveles
La Ley Andaluza de Participaci6n
Ciudadana debe implicar a la Junta de Andalucía, sirviendo para
evaluar, dinamizar, reformar los 6rganos, estructuras y mecanismos de
participaci6n dependientes de la misma, así como la posible creaci6n
de otros nuevos.
o Igualmente, la participaci6n
ciudadana se plantea en 10 local y en 10 cercano. Esto supone tanto
un deseo por recuperar en los barrios, en los pueblos, la
sociabilidad, la posibilidad de encontrarse, deliberar, etc. (con
mecanismos y estructuras cercanas, como asambleas ciudadanas de
barrio, asociaciones de vecinos, de voluntariado, consejos, etc.);
con el planteamiento de poder participar en las decisiones de los
Ayuntamientos, sin menoscabo de la autonomía Local
6. Participación Transversal.
En
todos los temas y competencias. Se reivindica un esfuerzo de
coordinaci6n entre diferentes ambitos de las Administraciones
Publicas, y en particular, en lo que respecta a la Junta de
Andalucia; reforzar la coordinaci6n entre todas las Consejerías.
7. Una Ley Abierta y Flexible.
La Ley
debe respetar las diferentes formas de participación, lo que
significa incorporar la participaci6n tanto individual como
colectiva. Esto debe conducir al fomento de la participaci6n
organizada, como el asociacionismo. Se reclama de las asociaciones un
papel de dinamizadoras de la participaci6n ciudadana, en funci6n de
su conocimiento especializado (voz experta y experimentada), la
puesta en valor de 10 colectivo y el fomento del tejido social frente
al individualismo; pero a la vez cuestionando su papel en las
relaciones clientelares con las Administraciones Publicas. A la vez
la Ley debe abrir la participaci6n a la ciudadanía no organizada y a
la participaci6n individual (una voz, un voto), así como fomentar
nuevas formas de participaci6n.
8. Estructuras de Participacion en las
Administraciones Publicas.
Se entiende una participaci6n continua y
no puntual, y para ella se reclaman estructuras de participaci6n
efectivas, conocidas y accesibles, que permitan una relaci6n mas
fluida y menos burocrática entre las Administraciones Publicas y la
Ciudadania. Esto conlleva someter a examen y revisi6n las estructuras
de participaci6n actualmente existentes (desde 10 mas general a 10
mas concreto). Sobre los modelos, 6rganos y mecanismos concretos de
participaci6n el debate aun no ha profundizado 10 suficiente:
situaci6n de las actuales estructuras de participaci6n; posibilidad
de mantener y reforzar; eliminar las estructuras que no funcionen;
crear nuevas estructuras; establecer un catalogo de órganos y
mecanismos de participación...; En definitiva, sistematizar y
evaluar estos elementos.
9. La ley debe contemplar mecanismos
que permitan que las Administraciones Publicas atiendan de la forma
mas ajustada posible las necesidades reales de la Ciudadanía
y que
la Ciudadanía pueda canalizar propuestas de acci6n a las
Administraciones Publicas. Esto incluye como ya hemos dicho
mecanismos vinculantes. Entre ellos se reclaman vivamente Consultas
Ciudadanas Vinculantes, Iniciativas Legales Populares Vinculantes.
10. Como herramienta de participación
en lo local
se plantean los presupuestos participativos. Se hace
referencia a experiencias anteriores 0 a experiencias que actualmente
estan funcionando. EI papel de la Junta de Andalucía es reforzar
estas experiencias as! como su promoci6n y expansión.
11. Socialización de los Recursos
Públicos.
Se reclama una mayor implicaci6n ciudadana en el control y
toma de decisiones sobre todo tipo de recursos públicos (desde
infraestructuras ciudadanas, hasta el presupuesto de las
Administraciones Publicas, los consejos de administraci6n de empresas
publicas y/o empresas e instituciones privadas subvencionadas, el
dominio publico, etc.). La Ley Andaluza de Participación Ciudadana
debe ocuparse del fomento de la co-gestion y de la autogesti6n.
12. Comunicación y Nuevas Tecnologías.
Se resalta la importancia del uso de los Medios de Comunicaci6n de
Masas, y en especial de los medios públicos, para que exista un
elevado grade de informaci6n y difusi6n de las estructuras de
participaci6n ciudadana. A la vez, se reconoce de forma generalizada
que las Nuevas Tecnologías ocupan un papel cada vez mas importante
en las relaciones sociales. No obstante estas no deben ser la única
vía a través de la que se pueda participar. Se reconoce la falta de
acceso a las mismas por parte de amplias capas de la poblaci6n
(brecha digital), por que se demandan recursos para favorecer el
acceso a las TICs de toda la poblaci6n. Pero ademas, se entiende que
deben mantenerse las formas presenciales y tradicionales de
participación.
13. Fomento de una Cultura
Participativa.
La ley deberá recoger medidas para la sensibilización
así como educar para la participaci6n, con una atenci6n especial a
la participaci6n desde las escuelas. En este sentido, deberá de
coordinarse con las leyes y el funcionamiento del sistema educativo
(en cuanto a contenidos, formas de organización de los centros
escolares, etc.).